Actividades que brinda el Complejo Municipal
Actividades que te brinda el Complejo Municipal esta temporada, para que pases tu verano en familia y de la mejor manera!!!
Te esperamos!!…
Actividades que te brinda el Complejo Municipal esta temporada, para que pases tu verano en familia y de la mejor manera!!!
Te esperamos!!…
Retiros del Mercado:
Se comunica que en el Boletín Oficial del día 20 de diciembre
de 2019, que se publicó la Disposición 10318/2019 la cual prohíbe la
comercialización de los siguientes productos por infracción al artículo 3° de
la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos
6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por estar falsamente
rotulado, por carecer de autorización de establecimiento y de producto
resultando ser en consecuencia ilegal.
ARTÍCULO 1º.- Prohíbese la comercialización en todo
el territorio nacional del producto en cuyo rótulo luce: “Caramelo en polvo,
marca COLORES, RNE: 04002527, RNPA: 04025300”, “Chupetines, marca YAZMIN, RNE:
04008311, RNPA: 04056835”, “Chupetín de caramelo duro, marca SOLCITO- GOLOSINAS
ARTESANALES, RNE: 04003776, RNPA: 04035549”, “Chupetín de caramelo duro, marca
POPLIN, RNE: 04003925, RNPA: 04037421”, “Chupetín de caramelo duro, marca
CHUPETÍN DULCES MANÍAS, RNE: 04008215, RNPA:04056842”, “Chupetines, marca
Morena, RNE: 04008311, RNPA: 04056835” y “Chupetín de caramelo duro surtido,
marca
PIO-PÍO”, por las razones expuestas en el
considerando.
• Se publicó la Disposición 10282/2019 en el
Boletín Oficial, la cual prohíbe la comercialización de los siguientes
productos, por estar el producto falsamente rotulado y consignar registros
pertenecientes a otro producto y por otra parte al elaborar la firma en un
establecimiento distinto al habilitado, resultando ser en consecuencia un
producto ilegal.
ARTÍCULO 1°: Prohíbese la comercialización en todo
el territorio nacional del producto en cuyo rotulo luce: “Aceite comestible,
marca Caracas, girasol blends, RNE N°
01-000585, RNPA N° 01-037505”.
• Se publicó la Disposición 9928/2019, por tener
vencido el registro de RNE, carecer de RNPA y no estar registrado con la
condición libre de Gluten.
ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la comercialización en todo
el territorio nacional del producto “Ajo Negro Japonés, marca Kuro, RNPA N°
13-041838 RNE N°13-006495” con el símbolo oficial de Alimento Libre de gluten e
indicación de orgánico”, por tener vencido el registro de RNE, carecer de RNPA
y no estar registrado con la condición Libre de Gluten.
• Se publicó la Disposición 9383/2019, por estar
falsamente rotulado, por consignar un número de RNE dado de baja, y por
consignar registros de productos inexistentes y no vigentes, resultando ser en
consecuencia ilegales.
ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la comercialización en todo
el territorio nacional de los productos: “Palitos salados, RNPA N° 04-027434,
Maní tostado salado, RNPA N° 17001526, Palitos de maíz, Chizos, RNPA N°
04-027784, Maíz inflado y confitado, Palomitas, RNPA N° 17-001963, Cereal de
arroz endulzado, Pipoca Dulce, RNPA N° 17-001497, Cereal de trigo endulzado,
Pipoca Dulce, RNPA N° 17-001964, todos marca La Calesita y declaran RNE N°
17-000310, elaborado por Alimentos Tecnológicos, Av. Durañona 1175, Parque
Industrial Salta”, como asimismo todo otro producto elaborado por ese RNE.
El Ejecutivo Municipal
declaró a Seguí como “Ciudad libre de pirotecnia”
Por Decreto N° 362 de fecha 20 de diciembre del corriente, el
Presidente Municipal declaró a Seguí “Ciudad libre de Pirotecnia”
La medida surge de la necesidad de regular su uso tomando en
consideración que la pirotecnia afecta de diversas formas a sectores
vulnerables de la sociedad, los niños, la fauna y el ambiente, por lo que dicha
actividad debe regularse en pos de su protección, conforme el principio constitucional de protección de la salud y seguridad de los
consumidores.
Entre sus fundamentos, además de la peligrosidad
que representa su manipulación, se menciona el daño que genera hacia aquellas
personas que, sin utilizar artículos de pirotecnia o ser espectadores, padecen
de forma grave su uso por terceros, como personas con trastorno del espectro
autista (TEA) y Trastorno Generalizado en Desarrollo (TGD), considerando
también nocivos los efectos que producen en los animales y el medio ambiente.
En razón de ello se prohíbe en el radio municipal
de la ciudad de Seguí, la comercialización, tenencia, manipulación,
fabricación, depósito, transporte, distribución, venta al público mayorista o
minorista y venta ambulante en la vía pública de artificios pirotécnicos,
estableciéndose también la erradicación de uso de estos elementos para todos
los eventos que organice el Municipio de Seguí.
En el Decreto se establece que se podrá requerir el
auxilio de la fuerza policial para el decomiso de la mercadería que se
encontrare en lugares de venta, con las sanciones y multas correspondientes.
El Presidente Municipal además lo ha elevado para
su tratamiento al Concejo Deliberante de la ciudad.
A partir del 1° de enero de 2020 para que vivas esta temporada de la mejor manera en el Complejo Municipal!!! Por consultas
Comunicarse en: turismo@segui.gov.ar
Los esperamos!!!
El próximo Lunes 23
de Diciembre dará inicio el operativo de descacharrización centralizado por
barrios, con el objetivo de evitar la proliferación de mosquitos e insectos y
también reforzar las tareas de limpieza en la vía pública que se realizan
periódicamente.
El primer sector donde se llevará a cabo la recolección de
cacharros será en los Barrios Pancho Ramírez y San Martín.
Se ruega la colaboración de los vecinos para que retiren de
sus domicilios cualquier recipiente que pueda acumular agua como: botellas,
latas, baldes, cubiertas, etc., y así evitar focos infecciosos y mantener
nuestra ciudad limpia
La Municipalidad de
Seguí informa a la población que debido a las fiestas de Navidad y Fin de Año
los días 24 y 31 de diciembre el Complejo Municipal abrirá a las 8:00 hs y
cerrará su puertas a las 19:00 hs.
El 25 de Diciembre y el 1 de enero, el horario de ingreso y
salida al predio será normal.
Los esperamos!!
Las actividades estan dirigidas a chicos desde 6 a 12 años inclusive. Darán comienzo el 6 de Enero 2.020 en el Complejo Municipal.
Para inscripción deberán dirigirse a Desarrollo Social, en el horario de 07:30 a 12:30, hasta el 30 de Diciembre inclusive.
Todos aquellos que
deseen realizar el certificado correspondiente para el ingreso a las piletas
del Complejo Municipal, pueden acercarse durante el mes de diciembre de lunes a
miércoles al Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) ubicado en Bº Pancho
Ramírez en los horarios de 8:00 a 11:00 hs.
Los días jueves, viernes, fines de semana y feriados estará
la enfermera en el Complejo Municipal desde las 14:00 hasta las 18:00 hs.
realizando los certificados para la admisión a las piletas.
Recordemos que los mismos son de carácter obligatorio para el
ingreso a las piletas.
Los esperamos para vivir ésta temporada de la mejor manera!!
La Municipalidad de Seguí hace saber a los contribuyentes que, debido al receso administrativo del mes de enero, aquellas licencias de conducir que tengan vencimiento en ese mes podrán tramitarse en diciembre.
Se recuerda además que la conducción de vehículos con carnet vencido es punible de multas.
Desde el Área se procedió
el pasado 11 de Diciembre del corriente a las 14:05 hs., en calle Santa Rosa, a
la detención con ayuda policial de un vehículo Marca Citroën, Modelo Berlingo
Furgón, Dominio AC312JT, destinado a la distribución ambulante de milanesas de
pollo.
El titular del mismo radicado en la localidad de Ramírez, no contaba con la
documentación sanitaria vigente, los productos que distribuía no contaban con
las habilitaciones correspondientes, ni la inscripción en la Municipalidad de
Seguí, por lo que se procedió a labrar el acta correspondiente marcando las
infracciones al Código de Faltas Municipal.
Se recuerda a los consumidores no adquirir productos de dudosa procedencia ni
los cuidados sanitarios necesarios.