Comunicado Área de Bromatología
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica informa que se publicó en el Boletín Oficial la prohibición de comercialización del siguiente producto:Aceite de oliva extra virgen, marca Olivares de Mendoza, Fraccionado por Francisco de Lucas, San Martín 1827, San Rafael, Pcia. de Mendoza, RNE.: 13003077, RNPA: 025-13029218.Todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el registro sanitario RNPA 025-13029218 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNPA dado de baja.MOTIVO:El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18.284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N°2126/71 y los artículos 6° bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE perteneciente a otra razón social, y un RNPA perteneciente a otro producto, dado de baja y vencido el 20/08/2008, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley N° 18284.